A partir del 8 de noviembre, los operadores tendrán que anular o desactivar las tarjetas no identificadas. Esta obligación está contenida en la Ley de Conservación de Datos Relativos a las Comunicaciones Electrónicas de octubre de 2007, que dio dos años de plazo a las operadoras para identificar a sus clientes. La legislación fue consecuencia de los atentados del 11 de marzo de 2004, en el que los terroristas activaron las bombas con móviles prepago.
Unos 12 millones de usuarios pueden perder la línea y el número de su móvil si los usuarios de las tarjetas prepago -aquellos que no tienen un contrato- no se identifican (nombre, DNI y domicilio) ante sus compañías como ordena la ley. Sólo tres millones de tarjetas han cumplido con esa obligación, por lo que quedan 12 millones aún por hacerlo.
Para llevar a cabo la identificación, los clientes deben acudir a los puntos de venta del operador y aportar el documento nacional de identidad o la tarjeta de identidad de extranjero, mientras que las empresas deben mostrar la tarjeta de identificación fiscal.
Esta obligación sólo afecta a los propietarios de los quince millones de tarjetas de prepago compradas antes de noviembre de 2007, ya que después de esa fecha ya era preceptivo mostrar un documento de identidad para adquirir uno de estos terminales.
Los datos de estos archivos podrán ser requeridos por orden de un juez, con la finalidad de detectar, investigar y enjuiciar delitos graves.


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